Ebrard recibe revés de la SCJN en reparto de recursos
- El actual Jefe del GDF consideraba injusto que los impuestos se repartieran en proporción a la población que cada entidad aporta a la economía formal.
- Preferiría que se tome en cuenta el número neto de beneficiaros de programas sociales a los que cada gobierno atiende.
- Refleja la clara conciencia que el mandatario tiene de que su gobierno ha estimulado la economía informal de la Ciudad en perjuicio de la formal.
- Lo que no se entiende es que crea poder convencer al Congreso de legalizar la transferencia neta de recursos netos desde la economía formal de la Nación a la siempre creciente economía informal de la Ciudad.
Revés a Ebrard en la SCJN. (Revista Proceso y El Semanario)
MÉXICO, D.F., 22 de noviembre 2010.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró infundada la controversia constitucional promovida por el Gobierno de Distrito Federal contra una reforma a la Ley de Coordinación Fiscal.
Por unanimidad, los ministros resolvieron que la nueva ley es válida sea que la Corte pueda contrastarla con principios constitucionales o no.
Marcelo Ebrard habia impugnado la reforma que en el 2008 los diputados hicieron a la fórmula de distribución. Según Ebrard, durante los próximos cinco años el Distrito Federal obtendrá 22 mil 500 millones de pesos menos de lo que hubiera obtenido con la fómula anterior, y de los que "en justicia" le corresponden. Su principal descontento se refiere al peso que se da en la nueva fórmula al dato de población contenido en la Encuesta Nacional de Empleo, difundida trimestralmente por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). En su opinión, el esquema que toma en cuenta el índice de población de las entidades es inconstitucional.
En ese sentido, argumentó que los servicios en el DF son utilizados diariamente por ciudadanos de entidades vecinas que realizan actividades diarias en la Ciudad. Esto -agrega- provoca pérdidas en las finanzas locales de más de 16,500 millones de pesos (mdp). En suma, por la forma en que se reparten los ingresos federales y la forma como se consumen los servicios y programas sociales, el GDF queda incapacitado para desarrollar obras públicas de importancia.
Al respecto, el ministro José Ramón Cossío se opuso a que en este tema la Corte genere principios que no aparecen en la Constitución, como el demandante (Ebrard) pretendía.
No podemos extender el tema de proporcionalidad hacia todo el sistema de coordinación (…) Definir nosotros cuál es la medida de relación entre lo que la entidad contribuye y lo que recibe por participaciones es una situación que nosotros mismos estamos construyendo sin tener elemento o fundamento Constitucional
Y añadió:
Al no contar con parámetros constitucionales objetivos que nos permitan llevar a cabo un verdadero análisis de la constitucionalidad del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, los argumentos de quien promueve la controversia deben declararse inatendibles".
Por su parte, el ministro Arturo Zaldívar señaló que las fórmulas que se contienen en la Ley de Coordinación Fiscal “me parece que cumplen con los principios y son razonables, porque tiene una finalidad constitucionalmente válida y se lleva a cabo a través de un medio que también es el idóneo".
En tanto, Luis María Aguilar advirtió que si la Corte se pone a estudiar las fórmulas matemáticas para el reparto, tendría que basarse en pruebas periciales en materia financiera, y estaría asumiendo funciones propias del Congreso de la Unión.
"Lo que tenemos que analizar es si las bases para la fórmula son razonables, esto es suficiente", replicó Zaldívar.
Con información de: http://www.proceso.com.mx/rv/modHome/detalleExclusiva/85651 y http://www.elsemanario.com.mx/news/news_display.php?story_id=49950


