Anulan permiso ambiental de la Supervía
Escandalosa e irracional tala de árboles obliga a la PROFEPA a clausurar construcción de la Supervía; en el Parque La Loma vecinos confrontan granaderos que les impiden detener la ecocida tala de árboles. Foto: Reforma y La Razón
REFORMA Redacción 06/12/11
Argumenta Tribunal de lo Contencioso que la Secretaría del Medio Ambiente violó los derechos de seguridad jurídica, información y participación
La Primera Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal declaró el viernes pasado -en el juicio I-43103/2010-, la nulidad de la resolución administrativa SMA/DGRA/DEIA/004374/2010, que autoriza la Supervía Poniente en materia ambiental.
El fallo se resolvió en contra de la Secretaría de Medio Ambiente del Distrito Federal y a favor de la estrategia jurídica de las organizaciones Greenpeace, Centro de Derechos Humanos "Fray Francisco de Vitoria" OPAC y Litiga OLE, las cuales representan a los vecinos opositores a la obra.El argumento fue la falta de una consulta pública en la Evaluación de Impacto Ambiental, que había favorecido a la empresa Controladora Vía Rápida Poetas para construir la vía de cuota, informaron las agrupaciones en un comunicado.
La Sala del Tribunal argumentó que la autoridad ambiental, al no realizar la consulta pública a que obliga el artículo 50 de la Ley Ambiental capitalina, violó los derechos de los actores relativos a la seguridad jurídica, información y participación.
"Actuando en contravención a la norma, es decir, que no se apegó a la legalidad, ya que tenía la obligación no sólo de informar a la población respecto del proyecto que se encontraba integrando, sino además de consultarlos para que éstos tuvieran la debida participación respecto a la viabilidad de la misma", señala el comunicado.
La sentencia reconoce que la consulta pública es una obligación y no una facultad discrecional de la autoridad, que debe realizarse conforme a las bases de la Ley de Participación Ciudadana y no como lo pretendió la autoridad, al considerar innecesario llevarla a cabo.La sentencia confirma la Recomendación 1/2011, de enero pasado, emitida por la Comisión de Derechos Humanos del DF, que resolvía la obligatoriedad de la consulta pública para este proyecto, que consiste en una autopista urbana de 5 kilómetros para conectar la zona de Santa Fe con el Periférico Sur. Fuentes del Gobierno del DF informaron que apelarán la sentencia en los próximos 15 días, según los tiempos legales.
El fallo se resolvió en contra de la Secretaría de Medio Ambiente del Distrito Federal y a favor de la estrategia jurídica de las organizaciones Greenpeace, Centro de Derechos Humanos "Fray Francisco de Vitoria" OPAC y Litiga OLE, las cuales representan a los vecinos opositores a la obra.El argumento fue la falta de una consulta pública en la Evaluación de Impacto Ambiental, que había favorecido a la empresa Controladora Vía Rápida Poetas para construir la vía de cuota, informaron las agrupaciones en un comunicado.
La Sala del Tribunal argumentó que la autoridad ambiental, al no realizar la consulta pública a que obliga el artículo 50 de la Ley Ambiental capitalina, violó los derechos de los actores relativos a la seguridad jurídica, información y participación.
"Actuando en contravención a la norma, es decir, que no se apegó a la legalidad, ya que tenía la obligación no sólo de informar a la población respecto del proyecto que se encontraba integrando, sino además de consultarlos para que éstos tuvieran la debida participación respecto a la viabilidad de la misma", señala el comunicado.
La sentencia reconoce que la consulta pública es una obligación y no una facultad discrecional de la autoridad, que debe realizarse conforme a las bases de la Ley de Participación Ciudadana y no como lo pretendió la autoridad, al considerar innecesario llevarla a cabo.La sentencia confirma la Recomendación 1/2011, de enero pasado, emitida por la Comisión de Derechos Humanos del DF, que resolvía la obligatoriedad de la consulta pública para este proyecto, que consiste en una autopista urbana de 5 kilómetros para conectar la zona de Santa Fe con el Periférico Sur. Fuentes del Gobierno del DF informaron que apelarán la sentencia en los próximos 15 días, según los tiempos legales.
Más info: http://www.reforma.com/ciudad/articulo/636/1272122/
GDF responde a anulación de permiso ambiental para Supervía: http://www.eluniversal.com.mx/notas/814027.html
Vecinos confrontan granaderos para detener irracional tala de árboles por la Supervía: http://www.razon.com.mx/spip.php?page=galeria&id_article=71307


